Por ROMMEL SANTOS DIAZ
En correspondencia directa con la Resolución dela Asamblea General de las Naciones Unidas 2625 (XXV) , la Declaración de la Paz y Cese de Guerras (DPCW) plantea que los Estados deben fomentar relaciones amistosas basadas en el respeto hacia el principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos y deben tomar medidas apropiadas para fortalecer la paz mundial.
En ese marco la Declaración de la Paz y Cese de Guerras (DPCW) se complementa en aspectos fundamentales respecto al crimen de agresión con la Carta de la Organización de las Naciones Unidas en su Capítulo VII dedicado a quebramientos de la paz o actos de agresión , señalando que los Estados tienen el deber de abstenerse de cualquier acción de fuerza que prive a los pueblos de su derecho a la libre determinación.
La Declaración de la Paz y Cese de Guerras llama a los Estados miembros de la comunidad internacional a que deben condenar con acciones concretas la ocupación ilegal de un territorio como resultado de la amenaza o el uso de la fuerza de manera contraria al derecho internacional y a la Carta de los Derechos Humanos.
Conforme lo establecido en la Declaración de la Paz y Cese de Guerras (DPCW) , los Estados deben promover la contabilidad a través de la investigación de supuestas violaciones del derecho internacional , en particular violaciones graves de los Cuatro Convenios de Ginebra y sus Protocolos Adicionales , y deben tomar medidas para asegurar que los Estados, ciudadanos y corporaciones transnacionales u otras con contribuyan a la comisión de violaciones del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario.
La Declaración de la Paz y Cese de Guerras (DPCW) apunta hacia un aspecto relevante de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas al indicar que los Estados deben condenar y criminalizar en su legislación interna en su legislación interna la planificación, preparación, inicio o ejecución de un acto de agresión por parte de alguna persona en posición efectiva para ejercer el control o dirigir la acción política o militar de un Estado, la cual por su carácter , gravedad y escala constituye una violación manifiesta del derecho internacional , lo que equivale a un crimen de agresión.
Según la Declaración de la Paz y Cese de Guerras (DPCW) los Estados deben abstenerse de permitir que sus territorios sean puesto a disposición de otros agentes , sean Estados u otros , para emplear el uso de la fuerza armada en contra de países terceros en violación del derecho internacional y de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas.
En la Declaración de la Paz y Cese de Guerras ()DPCW) es una cuestión de principios lo relativo a la igualdad soberana de los Estados y, procurar consultar a todos los demás Estados sobre la base del respeto reciproco en relación a temas que les puedan concernir para resolver y evitar disputas que puedan surgir. En ese orden esta disposición deberá aplicar sin perjuicio de los derechos humanos y la dignidad humana.
Finalmente, a la luz de los planteamientos formulados anteriormente en el marco de la Declaración de la Paz y Cese de Guerras (DPCW) , los Estados tendrán siempre el gran reto de respetar y proteger la igualdad entre los Estados, la soberanía, la democracia, los derechos humanos para evitar actos de agresión en violación de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas en mundo dinámico y con desafíos importantes para mantener la paz y la seguridad internacionales.
rommelsantosdiaz@gmail.com