Diputados aprueban en primera lectura modificaciones al nuevo Código Penal

SANTO DOMINGO.– La Cámara de Diputados aprobó este sábado, en primera discusión, el proyecto de ley que introduce variaciones sustanciales al nuevo Código Penal dominicano, marco normativo establecido en la Ley 74-25 y cuya entrada en vigencia está pautada para la primera semana de agosto.

 nuevo Código Penal
nuevo Código Penal

Con el voto del bloque mayoritario del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y sus fuerzas aliadas, el órgano legislativo acogió el informe de la comisión bicameral para ejecutar 32 cambios en 24 artículos específicos de la pieza jurídica. A excepción de seis artículos añadidos por los diputados, la cámara baja validó en su totalidad el texto remitido por el Poder Ejecutivo el pasado 10 de junio.

La bancada de la Fuerza del Pueblo (FP) votó en contra tras insistir formalmente en postergar la aplicación de la norma para abrir un diálogo nacional con diversos sectores. Por su parte, los legisladores del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) optaron por la abstención ante la ausencia de la despenalización del aborto en sus tres causales.

Reformas de difamación y hostigamiento en el nuevo Código Penal

Las reformas impulsadas alteran de forma significativa el alcance de varios delitos y sus respectivas penalidades:

Difamación e Injurias (Art. 208 y 211): Se propone reducir la sanción de dos a cinco años a un rango de uno a dos años de prisión. Se aclara explícitamente que no será sancionada si se registra en medios de comunicación, streaming y en el ciberespacio. Asimismo, no se considerarán difamatorias las críticas sobre corrupción y políticas públicas si están sustentadas en una verificación razonable.

Difusión de imágenes sin consentimiento (Art. 192): Se especifica que el delito solo se configurará en el ámbito privado o bajo expectativa de discrecionalidad. Se elimina además la sanción penal para los montajes con contenido falso.

Del «Bullying» al Hostigamiento (Art. 121 y 123): El concepto se modifica técnicamente a «hostigamiento». En el ámbito digital pasa a llamarse «hostigamiento cibernético», exigiendo que la conducta sea reiterada y sistemática, excluyendo los comentarios aislados en redes sociales como método de aplicación.

Endurecimiento de penas por corrupción y flexibilización en otros delitos

Uno de los cambios más drásticos se encuentra en el artículo 303, el cual eleva considerablemente el castigo para la malversación de fondos públicos. La pena para los funcionarios que desvíen recursos del Estado subirá de un rango de dos a tres años a una escala de cinco a diez años de prisión.

Por el contrario, el delito de perjurio (Art. 207) experimentará una reducción en su gravedad, bajando la condena actual de cinco a diez años a un marco de dos a cinco años de cárcel. En el caso del acoso agravado (Art. 144) y el proxenetismo (Art. 176), las penas máximas se elevan hasta los cinco años de prisión.

Próximos pasos en el Congreso Nacional

El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, convocó oficialmente a los legisladores para conocer el proyecto en segunda discusión este lunes a partir de las 2:00 de la tarde, escenario donde podrían suscitarse nuevas variaciones.

De ser acogida de manera definitiva por la cámara baja, la pieza legislativa deberá agotar el mismo procedimiento bicameral en el Senado de la República antes de ser remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación. Ante la brevedad del calendario, el diputado oficialista Eugenio Cedeño apuntó que «la ley es un elemento transformable» y que el Congreso dispondrá de tiempo futuro para continuar perfeccionando la norma jurídica.

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