¿Por qué el interinato en la Contraloría del ASDE se ha prolongado?
SANTO DOMINGO ESTE, RD.– En el Ayuntamiento de Santo Domingo Este persiste una situación institucional que ha generado cuestionamientos legales y políticos: la permanencia por casi dos años de una funcionaria designada de manera interina en la Contraloría Municipal, tras la renuncia del contralor Pascual Disla.
La Ley 176-07 establece que el Contralor Municipal debe ser designado exclusivamente por el Concejo Municipal mediante un concurso público de oposición, basado en la idoneidad y las competencias profesionales del aspirante.
Marco legal de la Contraloría Municipal
El marco regulatorio que rige esta posición clave contempla varios elementos fundamentales:
Independencia y control: El Contralor Municipal es responsable de implementar y mantener el Sistema de Control Interno del ayuntamiento, conforme a las normativas de la Contraloría General de la República y la Cámara de Cuentas.
Requisitos técnicos: Por la naturaleza del cargo, se exige que el titular sea un profesional certificado, generalmente Contador Público Autorizado (CPA), con experiencia demostrada en el área financiera.
Naturaleza del cargo: Aunque la Ley 41-08 considera este tipo de funciones como de libre nombramiento y remoción, en el ámbito municipal la designación de origen está supeditada obligatoriamente al concurso público previsto en la Ley 176-07.
¿Quién debe sustituir provisionalmente al contralor?
Para evitar la paralización de la fiscalización interna y de las operaciones financieras del cabildo, el Concejo de Regidores está facultado para designar un Contralor Municipal Interino o Provisional.
Esta designación suele recaer, de manera transitoria, en un técnico calificado del área financiera o de control interno del ayuntamiento; sin embargo, la ley no impide que se trate de un profesional externo, siempre que cumpla con los requisitos técnicos exigidos.
Resolución interina tras la salida de Pascual Disla
Tras la salida del contralor histórico Pascual Disla, quien ocupó el cargo desde 2008 luego de ganar un concurso público, el Concejo de Regidores aprobó la Resolución No. 01-2024, mediante la cual se designó de forma interina a Teresa Féliz Patiño como Contralora Municipal Interina.
La resolución establece de manera expresa que dicha designación tendría vigencia “hasta tanto el Concejo de Regidores proceda a realizar el concurso público” para la escogencia del titular definitivo.
El problema legal del interinato prolongado
Desde una perspectiva estrictamente legal e institucional, el principal cuestionamiento no radica en que la funcionaria sea externa, ya que la legislación dominicana no prohíbe este tipo de designaciones temporales.
El conflicto surge por la prolongación indefinida del interinato. La figura jurídica del interino está concebida para cubrir una emergencia administrativa de corta duración —semanas o algunos meses— mientras se organiza el concurso público.
Mantener esta condición durante casi dos años desnaturaliza el interinato y vulnera el espíritu de la Ley 176-07, que exige que el puesto definitivo sea ocupado únicamente mediante concurso público de oposición.
¿Por qué no se ha realizado el concurso público?
El estancamiento del proceso en el Ayuntamiento de Santo Domingo Este responde a factores políticos dentro de la Sala Capitular:
Falta de consenso político: Las distintas bancadas de regidores no han logrado acuerdos para aprobar las bases del concurso ni conformar las ternas correspondientes.
Intereses sobre el control fiscal: Al tratarse del funcionario que audita y autoriza el uso del presupuesto municipal, la Contraloría se convierte en un punto de alta disputa política, lo que históricamente retrasa los concursos públicos transparentes.
Un conflicto institucional abierto
La permanencia de un interinato vencido mantiene abierto un conflicto institucional en el ASDE, que podría derivar en cuestionamientos legales, acciones de impugnación ciudadana o intervenciones de los órganos rectores de control del Estado.





