Por Danny Pujols
La reforma al Código Procesal Penal de la República Dominicana ha sido celebrada oficialmente como un avance histórico hacia un sistema más garantista y civilizado. Sin embargo, fuera de los discursos institucionales y los comunicados triunfalistas, la realidad plantea una pregunta incómoda que el país no puede seguir evadiendo:
¿esta reforma fortalece la justicia o legaliza la ineficiencia del Estado?
Porque una ley, por bien redactada que esté, no opera en el vacío. Opera en un país con serios problemas estructurales de investigación criminal, mora judicial crónica y una percepción ciudadana creciente de impunidad.
Prisión preventiva: el problema nunca fue la medida, sino el Estado
Es cierto: la prisión preventiva fue abusada durante años. Se convirtió en castigo anticipado para pobres y anónimos, mientras los poderosos navegaban el sistema con recursos y privilegios. Pero reducir el debate a ese abuso histórico es una simplificación peligrosa.
La reforma limita drásticamente la prisión preventiva sin resolver el problema central:
un Ministerio Público sobrecargado, una policía investigativa débil y tribunales colapsados.
En este contexto, la restricción de la coerción no humaniza el sistema; lo desarma. El riesgo es evidente: imputados con capacidad económica, redes de influencia o poder político podrán enfrentar procesos en libertad mientras el Estado lucha —y muchas veces fracasa— en sostener acusaciones sólidas.
Plazo razonable: cuando el fracaso del sistema se convierte en ley
Establecer límites temporales al proceso penal es constitucionalmente correcto. Lo alarmante es hacerlo sin garantizar la capacidad del sistema para cumplirlos.
Cuatro o cinco años pueden parecer razonables en países con justicia funcional. En la República Dominicana, donde los juicios se suspenden por falta de jueces, notificaciones fallidas o simples tácticas dilatorias, esos plazos se convierten en una bomba de tiempo.
El mensaje implícito es peligroso:
si el Estado no puede juzgarte a tiempo, quedas libre, aunque existan pruebas.
Eso no es garantismo; eso es institucionalizar el fracaso.
Un Código centrado en el imputado, con víctimas relegadas
La reforma amplía derechos al imputado —muchos de ellos legítimos—, pero vuelve a dejar a las víctimas en segundo plano. Para quien ha sufrido un robo, una estafa, una agresión o un crimen violento, el nuevo modelo ofrece poco más que promesas abstractas.
Sin acompañamiento real, sin reparación efectiva y sin información clara, las víctimas continúan siendo espectadoras de un proceso diseñado para otros.
Una justicia que protege al imputado pero abandona a la víctima no es justicia: es desequilibrio.
Justicia restaurativa y salidas alternas: ¿para quiénes?
En teoría, la justicia restaurativa es una herramienta valiosa. En la práctica dominicana, corre el riesgo de convertirse en un atajo selectivo.
Cuando no existen controles firmes, estos mecanismos tienden a beneficiar a quienes tienen:
abogados costosos
influencia
capacidad de negociación
Mientras tanto, el ciudadano común sigue enfrentando todo el peso del sistema.
La ley promete igualdad; la realidad suele entregar privilegios.
El silencio político sobre la impunidad
Resulta llamativo que la reforma no venga acompañada de un debate serio sobre la impunidad estructural. No se habla de sancionar la negligencia estatal, ni de consecuencias para fiscales o jueces cuando los procesos colapsan por abandono o incompetencia.
Se protege al imputado —correctamente—, pero nadie responde cuando el Estado falla.
Conclusión: una reforma peligrosa si no se dice toda la verdad
La reforma al Código Procesal Penal no es, por sí sola, un avance ni un retroceso. Es una apuesta riesgosa en un país donde la justicia aún no funciona como debería.
Sin inversión real, sin disciplina institucional y sin voluntad política para enfrentar el crimen y la corrupción, esta ley podría terminar siendo recordada no como un triunfo democrático, sino como el momento en que la República Dominicana confundió derechos con impunidad.
Porque una justicia que no castiga al culpable no protege al inocente.
Y una ley que no se puede cumplir es, en el fondo, una forma elegante de renunciar a la justicia.







